La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) se pronunció a favor del uso obligatorio de cubrebocas, aunque solicitó que la imposición de sanciones sea el "último recurso".
Luego de que la Secretaría de Salud solicitó a los 58 ayuntamientos del estado vigilar el uso obligatorio de cubrebocas en espacios públicos, la CEDH destacó que esta es una medida recomendada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para prevenir la transmisión de Covid-19 ante la dificultad para lograr el distanciamiento físico.
Debido a ello, el organismo autónomo se pronunció a favor del uso obligatorio de cubrebocas, sin embargo solicitó que esta medida vaya acompañada de una campaña de difusión a efecto de comunicar a la población el uso obligatorio y correcto de cubrebocas, con la finalidad de exhortar y concientizar sobre la responsabilidad social en la prevención y contención de la Covid-19.
Así mismo, destacó la necesidad de que las autoridades municipales en coordinación con la CEDH y las Coordinaciones Municipales de Derechos Humanos, instrumenten un programa de capacitación para los servidores públicos municipales encargados de verificar el cumplimiento de la medida preventiva, a fin de que se conduzcan con respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales.
Reconoció además la situación económica adversa por la que atraviesan miles de familias que han perdido su empleo o su fuente de ingresos, para las cuales la adquisición de este insumo resultaría gravoso para su economía, y apuntó que corresponde a las autoridades municipales en salvaguarda de los derechos humanos a la salud y la vida, asignar los recursos materiales necesarios para la población.
En ese sentido, sugirió que cada administración municipal en la medida de sus capacidades, distribuya cubrebocas de manera gratuita en espacios públicos así como en sus oficinas administrativas, con énfasis a la entrega de cubrebocas a aquellas personas que observen no lo portan, exhortándola respetuosamente al momento de la entrega, a que lo haga en beneficio propio y de todos.
La CEDH calificó como indispensable, que previamente los ayuntamientos emitan el instrumento jurídico idóneo mediante el cual se faculte la verificación en el cumplimiento de esta medida de prevención, delimitándose las facultades relativas a la aplicación de cualquier tipo de sanciones sólo como última ratio; esto en el sólo caso de renuencia injustificada de personas que aún y cuando de manera gratuita le haya sido entregado un cubrebocas, se niegue a portarlo.