/ martes 21 de diciembre de 2021

Cancela CEEPAC registro a tres partidos

Lo anterior se determinó en Sesión Extraordinaria del 30 de septiembre

En Sesión Ordinaria, el Pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), aprobó la cancelación de la inscripción ante el Organismo Electoral de los partidos políticos Encuentro Solidario, Redes Sociales Progresistas y Fuerza por México, por haber perdido su registro como Partidos Políticos Nacionales.

Lo anterior se determinó de conformidad con los acuerdos INE/CG1567/2021, INE/CG1568/2021 y INE/CG1569/2021 aprobados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en Sesión Extraordinaria celebrada el 30 de septiembre de 2021 y resoluciones emitidas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de lo Federación, de fecha 08 de diciembre de 2021.

Durante la sesión virtual, se aprobó también el acuerdo por el cual se modifica la integración del Comité de Transparencia del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, integrado mediante acuerdo administrativo el 13 de enero de 2021, para quedar como sigue: Presidente: Titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos; Secretario: Titular de la Dirección de la Unidad de Información Pública; 1º Vocal: Titular de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos; 2º Vocal: Titular de la Dirección Ejecutiva de Acción Electoral; 3º Vocal: Titular de la Dirección de Vinculación y Relaciones Institucionales; 4º Vocal: Titular de la Coordinación de Archivos y 5º Vocal: Titular de la Dirección de Sistemas.

Asimismo aprobó por unanimidad los Lineamientos para la incorporación de representaciones de comunidades indígenas de los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás, a la Comisión Temporal de inclusión, en acatamiento de la resolución SM-JDC-89/2021 y acumulados.

La Comisión de Inclusión emitió formato de lectura fácil del presente acuerdo y en éste se explica que en noviembre del 2020, comunidades indígenas de los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás solicitaron al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) celebrar elecciones por usos y costumbres.

Con el proceso electoral 2020-2021 iniciado desde el mes de septiembre, el Consejo determinó que no era posible atender la solicitud, inconformes con la respuesta los pueblos peticionarios pidieron al Tribunal Electoral local la revisará, confirmando dicha respuesta, pero Sala Monterrey, adicionó una condición para garantizar el derecho de las comunidades y los pueblos indígenas a reclamar su derecho a elegir a sus representaciones de la forma que mejor convenga.

Con la emisión de la resolución SM-JDC-89/2021 se vinculó al CEEPAC a incorporar a las representaciones indígenas a la Comisión Temporal de Inclusión.

La consejera electoral Graciela Díaz Vázquez, explicó que estos lineamientos contemplan, como principios fundamentales el pro persona, igualdad y no discriminación, autoidentificación calificada, participación, consulta y consentimiento frente a cualquier acción que les afecte, también la no injerencia en las decisiones que les corresponde a los pueblos y la maximización de la autonomía de los pueblos indígenas.

En Sesión Ordinaria, el Pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), aprobó la cancelación de la inscripción ante el Organismo Electoral de los partidos políticos Encuentro Solidario, Redes Sociales Progresistas y Fuerza por México, por haber perdido su registro como Partidos Políticos Nacionales.

Lo anterior se determinó de conformidad con los acuerdos INE/CG1567/2021, INE/CG1568/2021 y INE/CG1569/2021 aprobados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en Sesión Extraordinaria celebrada el 30 de septiembre de 2021 y resoluciones emitidas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de lo Federación, de fecha 08 de diciembre de 2021.

Durante la sesión virtual, se aprobó también el acuerdo por el cual se modifica la integración del Comité de Transparencia del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, integrado mediante acuerdo administrativo el 13 de enero de 2021, para quedar como sigue: Presidente: Titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos; Secretario: Titular de la Dirección de la Unidad de Información Pública; 1º Vocal: Titular de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos; 2º Vocal: Titular de la Dirección Ejecutiva de Acción Electoral; 3º Vocal: Titular de la Dirección de Vinculación y Relaciones Institucionales; 4º Vocal: Titular de la Coordinación de Archivos y 5º Vocal: Titular de la Dirección de Sistemas.

Asimismo aprobó por unanimidad los Lineamientos para la incorporación de representaciones de comunidades indígenas de los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás, a la Comisión Temporal de inclusión, en acatamiento de la resolución SM-JDC-89/2021 y acumulados.

La Comisión de Inclusión emitió formato de lectura fácil del presente acuerdo y en éste se explica que en noviembre del 2020, comunidades indígenas de los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás solicitaron al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) celebrar elecciones por usos y costumbres.

Con el proceso electoral 2020-2021 iniciado desde el mes de septiembre, el Consejo determinó que no era posible atender la solicitud, inconformes con la respuesta los pueblos peticionarios pidieron al Tribunal Electoral local la revisará, confirmando dicha respuesta, pero Sala Monterrey, adicionó una condición para garantizar el derecho de las comunidades y los pueblos indígenas a reclamar su derecho a elegir a sus representaciones de la forma que mejor convenga.

Con la emisión de la resolución SM-JDC-89/2021 se vinculó al CEEPAC a incorporar a las representaciones indígenas a la Comisión Temporal de Inclusión.

La consejera electoral Graciela Díaz Vázquez, explicó que estos lineamientos contemplan, como principios fundamentales el pro persona, igualdad y no discriminación, autoidentificación calificada, participación, consulta y consentimiento frente a cualquier acción que les afecte, también la no injerencia en las decisiones que les corresponde a los pueblos y la maximización de la autonomía de los pueblos indígenas.

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