/ sábado 27 de abril de 2019

Buscan prohibir uso de envases de unicel en establecimientos comerciales

Contamina por sus compuestos químicos que lo hace no biodegradable

El diputado Cándido Ochoa Rojas presentó una iniciativa de reforma a la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de prohibir el uso de envases de un solo uso, conocidos como de unicel, para el consumo de bebidas o alimentos en establecimientos comerciales y mercantiles.

Debido a que el uso de los contenedores elaborados de poliestireno expandido, mejor conocido como unicel, siendo su principal derivado el estireno, es un compuesto químico que ha sido catalogado como cancerígeno, de acuerdo a la Agencia de Sustancias Tóxicas y el Registro de Enfermedades de Estados Unidos de América. Cierto, se ha establecido que cuando el unicel se calienta libera sustancias como las dioxinas que son capaces de causar envenenamiento y cáncer; señala la iniciativa presentada.

El Presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente agregó que el unicel representa altos grados de contaminación ya que, según estudios, debido a los compuestos químicos con los que es fabricado el unicel o poliestireno, resulta ser un material no biodegradable, ya que su naturaleza sólo puede dividir su estructura en moléculas mínimas, pero no biodegradarlo.

No obstante en nuestro Estado Potosino, especialmente en la industria alimenticia, es una práctica muy recurrente el hacer uso de unicel, tanto para servir como para llevar alimentos, ello debido a que resulta ser además de práctico, muy económico, con la característica de tener una vida útil corta, al ser de un solo uso, ya que una vez que se utiliza se desecha de manera inmediata, tal es el caso de vasos, platos, etcétera.

Y es que todos los días podemos ver en la calle a personas que suelen llevar un vaso de unicel con café en la mano u otros contenedores con alimentos, practica tan común, que podríamos pensar que su uso no genera mayor daño, sin embargo, por las razones apuntadas en párrafos que anteceden, queda claro que el uso de éstos resulta ser muy dañino, como vimos, no sólo para el medio ambiente, sino de forma directa para las personas que hacen uso de los mismos.

Es verdad que el poliestireno expandido, al igual que los plásticos de Polietileno Tereftalato (PET), es considerado basura de manejo especial, sin embargo, si bien es cierto que muchos de estos productos llegan a los tiraderos o sitios de disposición final; gran parte de ellos son recolectados cuando se hace limpieza de las alcantarillas o en las vías de comunicación, como calles y avenidas o bien, quemados una vez que fueron utilizados, representando por ende un serio problema en la entidad, reitero, no sólo para el medio ambiente, sino para quienes hacen uso de ellos, razón por la que debe prohibirse su uso, en los mismos términos que los popotes y bolsas.

La iniciativa de reforma del legislador Ochoa Rojas, que también contempla, en caso de que se apruebe, que las disposiciones establecidas en los artículos 104 fracción V inciso c) y 107 fracciones IX y X, de esta Ley, no serán aplicables en el uso de bolsas de empaque o productos de origen, para conservación de alimentos, para uso médico, y cien por ciento biodegradables y compostables, se turnó a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente para su análisis correspondiente.

El diputado Cándido Ochoa Rojas presentó una iniciativa de reforma a la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de prohibir el uso de envases de un solo uso, conocidos como de unicel, para el consumo de bebidas o alimentos en establecimientos comerciales y mercantiles.

Debido a que el uso de los contenedores elaborados de poliestireno expandido, mejor conocido como unicel, siendo su principal derivado el estireno, es un compuesto químico que ha sido catalogado como cancerígeno, de acuerdo a la Agencia de Sustancias Tóxicas y el Registro de Enfermedades de Estados Unidos de América. Cierto, se ha establecido que cuando el unicel se calienta libera sustancias como las dioxinas que son capaces de causar envenenamiento y cáncer; señala la iniciativa presentada.

El Presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente agregó que el unicel representa altos grados de contaminación ya que, según estudios, debido a los compuestos químicos con los que es fabricado el unicel o poliestireno, resulta ser un material no biodegradable, ya que su naturaleza sólo puede dividir su estructura en moléculas mínimas, pero no biodegradarlo.

No obstante en nuestro Estado Potosino, especialmente en la industria alimenticia, es una práctica muy recurrente el hacer uso de unicel, tanto para servir como para llevar alimentos, ello debido a que resulta ser además de práctico, muy económico, con la característica de tener una vida útil corta, al ser de un solo uso, ya que una vez que se utiliza se desecha de manera inmediata, tal es el caso de vasos, platos, etcétera.

Y es que todos los días podemos ver en la calle a personas que suelen llevar un vaso de unicel con café en la mano u otros contenedores con alimentos, practica tan común, que podríamos pensar que su uso no genera mayor daño, sin embargo, por las razones apuntadas en párrafos que anteceden, queda claro que el uso de éstos resulta ser muy dañino, como vimos, no sólo para el medio ambiente, sino de forma directa para las personas que hacen uso de los mismos.

Es verdad que el poliestireno expandido, al igual que los plásticos de Polietileno Tereftalato (PET), es considerado basura de manejo especial, sin embargo, si bien es cierto que muchos de estos productos llegan a los tiraderos o sitios de disposición final; gran parte de ellos son recolectados cuando se hace limpieza de las alcantarillas o en las vías de comunicación, como calles y avenidas o bien, quemados una vez que fueron utilizados, representando por ende un serio problema en la entidad, reitero, no sólo para el medio ambiente, sino para quienes hacen uso de ellos, razón por la que debe prohibirse su uso, en los mismos términos que los popotes y bolsas.

La iniciativa de reforma del legislador Ochoa Rojas, que también contempla, en caso de que se apruebe, que las disposiciones establecidas en los artículos 104 fracción V inciso c) y 107 fracciones IX y X, de esta Ley, no serán aplicables en el uso de bolsas de empaque o productos de origen, para conservación de alimentos, para uso médico, y cien por ciento biodegradables y compostables, se turnó a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente para su análisis correspondiente.

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