A propuesta de la diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez, el pleno del Poder Legislativo reformó el artículo 17 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de señalar que, entre otras atribuciones, corresponde a los ayuntamientos establecer programas y políticas particulares de prevención del delito, que atiendan la dinámica específica de los fenómenos criminológicos de su competencia, así como acciones en la materia, coordinadas entre el Estado y la Federación.
Lo anterior porque la prevención del delito es el elemento fundamental para la seguridad pública y ésta es la que permite a la ciudadanía tener una convivencia armónica, porque así se desarrollará un ambiente de orden, tranquilidad y respeto, logrando el objetivo primordial de la seguridad pública que es mantener la paz social.
En la exposición de motivos del dictamen aprobado se señala que estamos conscientes que el derecho a la seguridad pública es necesario para el desarrollo de las sociedades, que requieran el reconocimiento y la protección de nuestra entidad.
Que el elemento de mayor importancia para el fortalecimiento de la seguridad pública en nuestro Estado y los Municipios es, sin duda alguna, la prevención del delito, entendida como el conjunto de acciones que tienen por objeto el mejoramiento del entorno social.
Por tal motivo a la prevención del delito no se le debe observar como una simple estrategia, sino que debe ser el punto de partida y el objeto de la seguridad pública.
Razón por la cual las siguientes modificaciones pretenden fortalecer el órgano de gobierno municipal, para que establezca programas y políticas de prevención del delito, así como acciones en la materia, coordinadas con el Estado y la Federación, logrando garantizar la convivencia y el bienestar social de los potosinos.