/ domingo 26 de marzo de 2023

Busca diputada que víctimas cuenten con asesores jurídicos que hablen lenguas indígenas

Yolanda Cepeda busca garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial el derecho a la asistencia

Con la finalidad de reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, reparación integral, debida diligencia y todos los demás derechos consagrados en la Constitución, la diputada Yolanda Josefina Cepeda Echavarría, impulsa una iniciativa con proyecto de Decreto que insta reformar el primer párrafo del artículo 130; el primer y segundo párrafos del artículo 172 de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí.

Explicó que, dicha iniciativa de reforma, plantea establecer que en su Artículo 130, se considere que la Asesoría Jurídica estará integrada por asesores jurídicos de atención a víctimas, peritos, intérpretes o traductores lingüísticos y profesionistas técnicos de diversas disciplinas que se requieran para la defensa de los derechos de las víctimas.

En lo que se refiere al Artículo 172. Propone que la víctima tendrá derecho a solicitar a la Comisión Ejecutiva que le proporcione un Asesor Jurídico en caso de que no quiera o no pueda contratar un abogado particular.

Explicó que en este caso, “la Comisión Ejecutiva Estatal deberá nombrarle uno a través de los asesores jurídicos de la Unidad de Primer Contacto así como un intérprete o traductor lingüístico cuando la víctima no comprenda el idioma español o tenga discapacidad auditiva, verbal o visual”.

La diputada Yolanda Josefina Cepeda Echavarría, puntualizó que también se plantea establecer que la víctima tendrá el derecho de que su abogado comparezca a todos los actos en los que ésta sea requerida, y de contar con un intérprete o traductor de su lengua, cuando así se requiera.

En su exposición de motivos, refirió que el artículo primero en su párrafo tercero de la Constitución Política Federal establece que: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”.

En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley “Derivado de lo anterior se dio origen a la actual Ley General de Atención a Víctimas así como a las homologas en los Estados de la República”.

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Con la finalidad de reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, reparación integral, debida diligencia y todos los demás derechos consagrados en la Constitución, la diputada Yolanda Josefina Cepeda Echavarría, impulsa una iniciativa con proyecto de Decreto que insta reformar el primer párrafo del artículo 130; el primer y segundo párrafos del artículo 172 de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí.

Explicó que, dicha iniciativa de reforma, plantea establecer que en su Artículo 130, se considere que la Asesoría Jurídica estará integrada por asesores jurídicos de atención a víctimas, peritos, intérpretes o traductores lingüísticos y profesionistas técnicos de diversas disciplinas que se requieran para la defensa de los derechos de las víctimas.

En lo que se refiere al Artículo 172. Propone que la víctima tendrá derecho a solicitar a la Comisión Ejecutiva que le proporcione un Asesor Jurídico en caso de que no quiera o no pueda contratar un abogado particular.

Explicó que en este caso, “la Comisión Ejecutiva Estatal deberá nombrarle uno a través de los asesores jurídicos de la Unidad de Primer Contacto así como un intérprete o traductor lingüístico cuando la víctima no comprenda el idioma español o tenga discapacidad auditiva, verbal o visual”.

La diputada Yolanda Josefina Cepeda Echavarría, puntualizó que también se plantea establecer que la víctima tendrá el derecho de que su abogado comparezca a todos los actos en los que ésta sea requerida, y de contar con un intérprete o traductor de su lengua, cuando así se requiera.

En su exposición de motivos, refirió que el artículo primero en su párrafo tercero de la Constitución Política Federal establece que: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”.

En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley “Derivado de lo anterior se dio origen a la actual Ley General de Atención a Víctimas así como a las homologas en los Estados de la República”.

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