Avanza reforma para sancionar imágenes íntimas creadas con IA en SLP

Las autoridades federales han advertido un incremento considerable de crímenes digitales, violencia en internet y tráfico de pornografía infantil durante los meses de confinamiento

Raymundo Rocha / El Sol de San Luis

  · sábado 31 de agosto de 2024

Nahúm Delgado | El Sol de San Luis

El Código Penal del Estado será reformado para equiparar al delito de difusión ilícita de imágenes íntimas y sancionar la modificación a través de cualquier sistema de edición o sistema informático de la imagen o audio de una persona, para convertirla en material que contenga desnudos o que sea considerado de carácter íntimo, erótico o sexual, sin el consentimiento de la víctima.

La Comisión de Justicia del Congreso del Estado aprobó la reforma debido a que los avances tecnológicos que generan beneficios para la humanidad, también se utilizan para cometer delitos, como es el caso de la manipulación de imágenes a través del uso de deepfakes, deep learning a través de la llamada Inteligencia Artificial.

Se reforma el párrafo tercero del artículo 187 y adiciona los párrafos segundo y tercero por lo que los actuales párrafos del segundo a cuarto pasan a ser párrafo cuarto a sexto, del mismo artículo 187 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue:

Artículo 187. Se equipara al delito de difusión ilícita de imágenes íntimas, y se sancionará como tal, la modificación, a través de cualquier sistema de edición o sistema informático, de la imagen o audio de una persona para convertirla en material que contenga desnudos o que sea considerado de carácter íntimo, erótico o sexual, sin el consentimiento de la víctima.

Para los efectos de este artículo se entiende por ultrafalso o deepfake, el video o imagen modificado por medio del aprendizaje automático de la inteligencia artificial, para imitar la apariencia de una persona.

Cuando la trasmisión, publicación o divulgación a que se refiere los párrafos anteriores, se haga a través de medios de comunicación o plataformas digitales, la autoridad competente ordenará a la empresa de prestación de redes sociales o medio de comunicación, a retirar inmediatamente el contenido.

La exposición de motivos, establece que “los niños, niñas y adolescentes pasan más tiempo conectados a internet, este es un medio que les brinda grandes oportunidades para encontrar información, continuar con sus actividades educativas y estar en contacto con sus seres queridos”.

En México, 50% de las niñas y niños entre 6 y 11 años son usuarios de internet o de una computadora y en el caso de los adolescentes de 12 a 17 años, entre el 80 y 94% usan internet o una computadora.

Desafortunadamente, internet también representa riesgos para la niñez y la adolescencia. Según las encuestas nacionales, 25% de las y los adolescentes de entre 12 y 17 años ha vivido alguna forma de ciberacoso en México. Además, las autoridades federales también han advertido un incremento considerable de crímenes digitales, violencia en internet y tráfico de pornografía infantil durante los meses de confinamiento.

El dictamen será turnado al Pleno del Congreso para su análisis y posible aprobación.