Avanza amparo para rehabilitar primaria "José María Pino Suárez"

El Juez ordenó un estudio técnico para corroborar las condiciones en que se encuentra el plantel

Mayra Tristán

  · jueves 2 de mayo de 2019

El Juez Octavo de Distrito admitió el amparo promovido por la asociación Renace para garantizar que niños que cursan su educación primaria en la localidad de San José del Barro, cuentan con las condiciones para sus ejercer derechos a la educación, salud e igualdad y no discriminación, informó José Mario de la Garza Marroquín, presidente del patronato de la asociación civil.

El pasado 11 de abril la asociación civil Renace presentó un amparo para que las autoridades educativas correspondientes reconstruyan, rehabiliten y den mantenimiento de forma inmediata a la escuela primaria “José María Pino Suárez”, ubicada en la localidad de San José del Barro, en el municipio de Soledad de Graciano Sánchez.

Lo anterior debido a que la primaria en cuestión no cuenta con los servicios básicos para operar, como es el caso del agua, por lo que los baños son letrinas, las áreas recreativas están en terracería, algunos de los pisos son de cemento, las paredes están plagadas de grietas y cuarteaduras, el pozo está inservible y rodeado de maleza, entre otras condiciones que ponen en riesgo la integridad física de las niñas y niños que toman clases ahí.

De la Garza Marroquín precisó que el Juez Octavo ordenó a las autoridades educativas realizar un estudio técnico para constatar las condiciones de la primaria y corroborar que las instalaciones que se señalaron como inaceptables, no representan un riesgo para la integridad física, y que la estructura del aula no tiene alguna condición que pueda provocar afectaciones o riesgos a su salud.

Yolanda Pedroza Reyes, magistrada presidente del Tribunal | Foto: TEESLP.gob.mx

Además, le da un plazo de 48 horas para llevar a cabo la inspección e informarle al juzgado los resultados de la misma, incluyendo el estado de las instalaciones eléctricas, sanitarios, lavabos y acceso a agua potable, en un plazo que no exceda los cinco días hábiles, contados a partir de la notificación a las autoridades.

En caso de que las condiciones materiales del inmueble no garanticen la seguridad, salud e integridad de los menores, las autoridades deberán acondicionar otro lugar seguro y con los elementos necesarios para hacer efectivo el derecho a la educación de los alumnos o en su defecto, a la brevedad realizar las gestiones y adecuaciones necesarias para que se cumpla con esas condiciones mínimas.

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