En días pasados, el Gobernador del Estado, Juan Manuel Carreras López, habría presentado ante el Congreso del Estado una iniciativa de decreto por el que se autorizaría que se afecten participaciones federales del fondo general, como fuente de pago a favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Esto cubriría a nombre y cuenta de la Secretaría de Educación, las cuotas y aportaciones que se adeudan de periodos correspondientes al ejercicio 2011, 2012, 2013 y 2014.
Atendiendo a la Ley de Coordinación Fiscal, es indispensable la autorización de la legislatura local para tal efecto.
Desde el año 1998 hasta el año 2008 la Ley de Coordinación Fiscal contemplaba un monto de recursos dentro del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica (FAEB) para cubrir la totalidad de la nómina educativa en sus diferentes modalidades.
A partir del año 2009, la citada Ley estableció una nueva fórmula para la distribución de recursos, por lo que, con las modificaciones realizadas, nuestro Estado dejó de percibir una importante cantidad de recursos al disminuir de un 3.25% del monto total del FAEB Nacional de ese año, a un 2.85% en el año 2014, esta circunstancia tuvo como consecuencia el adeudo al ISSSTE, ante la insuficiencia de recursos manifestada.
Después de que resultaran afectadas 20 entidades federativas, fue corregida a partir de 2015 con la transición al Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE), donde la Secretaría de Educación Pública se hace cargo del pago de la nómina de la educación básica en el Estado -excepto el Subsistema Telesecundarias-; sin embargo, dicha corrección no contempló un esquema de solución a la problemática correspondiente a los años 2009 a 2014, por lo cual los adeudos de tales ejercicios persisten a la fecha.
La celebración de un Convenio de Pagos mensuales entre el Gobierno del Estado y el ISSSTE, permitiría regularizar el monto de pago en parcialidades sin afectar la operatividad de las obras de infraestructura y programas sociales que se brindan en el Estado, ya que de no llevarse a cabo la firma de este tipo de instrumentos, la Secretaría de Hacienda a petición del ISSSTE, puede realizar compensaciones mensuales por montos elevados que cubran varios bimestres de adeudo y con ello se provoca un daño a la capacidad de flujo del Estado.