/ lunes 1 de abril de 2024

Analizan reforma para sumar IA a la legislación local sobre violencia digital en SLP

Primero se buscará una regulación legal y después involucrar a los científicos universitarios que tienen las herramientas digitales para orientar a las autoridades sobre cómo combatir estas prácticas

La violencia digital en sus diversas expresiones ha cobrado muchas víctimas y es necesario, primero, dejar claro en los diversos ordenamientos las sanciones y enseguida, tomar las medidas necesarias para erradicarla y así, proteger a las niñas, niños, adolescentes y mujeres que generalmente son quienes resultan víctimas.

En las comisiones de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de Justicia del Congreso del Estado, se analizan reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado.

Esta, puede ir desde la difusión de fotos o videos de mujeres sin su consentimiento o alteradas por la Inteligencia Artificial, en lo que se conoce como “grooming” y la información personal de menores de edad a la que se le puede dar un mal uso, de tal suerte que es necesario que se sancione en la ley y después tomar medidas adicionales.

Primero se buscará una regulación legal y después involucrar a los científicos universitarios que tienen las herramientas digitales para orientar a las autoridades sobre cómo combatir estas prácticas, ya que la IA no solamente afecta a las mujeres sino también a los hombres, incluso menores de edad.

Hay quienes se roban la información en las redes sociales y hacen mal uso de ellas, por ello es necesario que se aprueben las iniciativas que están en comisiones, para poner agravante en el Código Penal y de esta manera actuar, porque son muchos los casos que se tienen registrados sobre estas prácticas.

En la Comisión de Justicia del Congreso del Estado se analiza una iniciativa de reforma al artículo 4º de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para contemplar, dentro de la violencia digital, el uso de la inteligencia artificial que atente contra la integridad, la intimidad, la libertad, la vida privada o transgreda algún derecho humano de las mujeres o de sus familias.

Se establece que la violencia digital, son los actos de acoso, hostigamiento, amenazas, intimidación, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión, distribución, comercialización de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas sonoras, verdaderas, alteradas o simuladas.

También se revisa una iniciativa de reformar disposiciones de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de San Luis Potosí para la protección de los datos personales que hagan identificables a niñas y niños y adolescentes.

La iniciativa propone incorporar en el apartado de datos personales sensibles, los datos personales que hagan identificables a niñas y niños y adolescentes, así como aquellos que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud pasado, presente o futuro, creencias religiosas, filosóficas y morales, opiniones políticas, datos genéticos o datos biométricos.

Se indica además, que no podrán tratarse datos personales sensibles, salvo que se cuente con el consentimiento expreso y por escrito del titular, o de quien ejerza la patria potestad, tutela o guarda y custodia, cuando se trate de datos de niñas, niños y adolescentes.

Es fundamental proteger los derecho de las niñas, niños y adolescentes, no sólo en el uso de tecnologías, si no en la protección de sus datos personales, con el fin de evitar conductas como el sexting, grooming, ciberbullying, entre otras; de igual forma se debe poner también énfasis, cuando son víctimas de la comisión de un delito a efecto de evitar la revictimización o el uso inadecuado de imágenes, que violen su derecho a la identidad.

La violencia digital en sus diversas expresiones ha cobrado muchas víctimas y es necesario, primero, dejar claro en los diversos ordenamientos las sanciones y enseguida, tomar las medidas necesarias para erradicarla y así, proteger a las niñas, niños, adolescentes y mujeres que generalmente son quienes resultan víctimas.

En las comisiones de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de Justicia del Congreso del Estado, se analizan reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado.

Esta, puede ir desde la difusión de fotos o videos de mujeres sin su consentimiento o alteradas por la Inteligencia Artificial, en lo que se conoce como “grooming” y la información personal de menores de edad a la que se le puede dar un mal uso, de tal suerte que es necesario que se sancione en la ley y después tomar medidas adicionales.

Primero se buscará una regulación legal y después involucrar a los científicos universitarios que tienen las herramientas digitales para orientar a las autoridades sobre cómo combatir estas prácticas, ya que la IA no solamente afecta a las mujeres sino también a los hombres, incluso menores de edad.

Hay quienes se roban la información en las redes sociales y hacen mal uso de ellas, por ello es necesario que se aprueben las iniciativas que están en comisiones, para poner agravante en el Código Penal y de esta manera actuar, porque son muchos los casos que se tienen registrados sobre estas prácticas.

En la Comisión de Justicia del Congreso del Estado se analiza una iniciativa de reforma al artículo 4º de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para contemplar, dentro de la violencia digital, el uso de la inteligencia artificial que atente contra la integridad, la intimidad, la libertad, la vida privada o transgreda algún derecho humano de las mujeres o de sus familias.

Se establece que la violencia digital, son los actos de acoso, hostigamiento, amenazas, intimidación, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión, distribución, comercialización de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas sonoras, verdaderas, alteradas o simuladas.

También se revisa una iniciativa de reformar disposiciones de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de San Luis Potosí para la protección de los datos personales que hagan identificables a niñas y niños y adolescentes.

La iniciativa propone incorporar en el apartado de datos personales sensibles, los datos personales que hagan identificables a niñas y niños y adolescentes, así como aquellos que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud pasado, presente o futuro, creencias religiosas, filosóficas y morales, opiniones políticas, datos genéticos o datos biométricos.

Se indica además, que no podrán tratarse datos personales sensibles, salvo que se cuente con el consentimiento expreso y por escrito del titular, o de quien ejerza la patria potestad, tutela o guarda y custodia, cuando se trate de datos de niñas, niños y adolescentes.

Es fundamental proteger los derecho de las niñas, niños y adolescentes, no sólo en el uso de tecnologías, si no en la protección de sus datos personales, con el fin de evitar conductas como el sexting, grooming, ciberbullying, entre otras; de igual forma se debe poner también énfasis, cuando son víctimas de la comisión de un delito a efecto de evitar la revictimización o el uso inadecuado de imágenes, que violen su derecho a la identidad.

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