En acuerdo emitido el pasado 16 de abril en el Poder Judicial del Estado, se establecen entre las medidas de contingencia sanitaria por Covid-19, que en los Juzgados Especializados en materia de Ejecución de Sentencias, se consideraran como urgente, entre otros trámites, los beneficios preliberacionales ya determinados y pendientes de ejecución.
Lo anterior quiere decir que se agilizarían los tramites ya en proceso y cada uno en base a sus propias particularidades, para la obtención de la libertad anticipada y condicionada; de igual forma se dará atención y seguimiento puntual a los acuerdos sobre condiciones de internamiento que versen sobre atención médica por parte del tercer escalón sanitario que derivaría en hospitalización, con lo cual se garantiza la atención medica a los internos que lo requieran dentro de la contingencia sanitaria.
En el acuerdo también se establece atender planteamientos específicos en torno al Covid-19 por parte de las personas privadas de la libertad, para ordenar a la autoridad administrativa que adopte las medidas que garanticen la revisión y atención médica.
De acuerdo con la información proporcionada por el Poder Judicial, toda solicitud de preliberación ajustada a los requisitos legales establecidos se encuentran en trámite ordinario, esto es, sin suspensión alguna pese a la cuarentena y contingencia por Covid-19.
Es de resaltar que la liberación de los internos que se encuentren en el supuesto de este beneficio en proceso, no es en automático, sino que el trámite de preliberación se mantienen como casos urgentes durante la contingencia, es decir si ya el proceso amerita iniciar el trámite de liberación debe iniciarse y si esta en proceso, agilizarse.