/ domingo 8 de octubre de 2023

Adolescentes que no estudian o trabajan en el sector informal, deben tener acceso a la salud

Exhorta diputado a reformar la Ley del Seguro Social para garantizar ese derecho

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debe garantizar el derecho humano de acceso a la salud a todas las y los adolescentes de 16 años cumplidos, que no se encuentren escolarizados o que estén económicamente activos en el sector informal.

Con ese objetivo, el diputado Héctor Mauricio Ramírez Konishi, presentó un Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Congreso de la Unión a que realice las reformas necesarias en la Ley del Seguro Social.

El interés superior de niñas, niños y adolescentes debe prevalecer sobre todo tipo de políticas públicas y el tema de su acceso al derecho humano a la salud exige la mayor de las voluntades para resolverlo a la brevedad.

“El hecho de que en un país con casi 30 millones de niñas, niños y adolescentes en donde cerca 2.5 millones de ellos trabajan y casi el 100 por ciento, lo hace en la informalidad, los de 16 años cumplidos, lo haga adicionalmente sin acceso a los servicio de salud, resulta, a todas luces, inaceptable en un país democrático”, advirtió.

Ramírez Konishi, destacó que es evidente que la actual Ley del Seguro Social en lo referente a las y los adolescentes de 16 años cumplidos resulta notoriamente superada por la realidad de la dinámica actual en donde los adolescentes que ya no continúan sus estudios ingresan a la actividad económica informal careciendo de prestaciones de seguridad social, y tanto la irresponsabilidad de los empleadores como las disposiciones actuales de la Ley del Seguro Social, colocan a esos adolescentes con dieciséis años cumplidos en estado de indefensión y como víctimas de violación del derecho humano de acceso a la salud.

Recordó que, el acceso a la salud es un derecho humano fundamental cuyo primer reconocimiento expreso a nivel internacional corresponde a la Organización de las Naciones Unidas en 1948. En el caso de México, este derecho se incorporó en nuestra Carta Magna en 1983 como Derecho a la protección de la salud. En la actualidad, en nuestro país el derecho humano de acceso a la salud está contemplado en el cuarto párrafo del artículo cuarto constitucional”, añadió.

El diputado Héctor Mauricio Ramírez refirió que según la Ley del Seguro Social, las niñas, niños y adolescentes entre su nacimiento y los dieciséis años tienen el número de seguridad social (NSS) de sus padres asegurados, después de los dieciséis años tal vínculo administrativo desaparece y su derecho humano de acceso a la salud queda condicionado a que el adolescente tramite una prórroga por estudios con lo cual se le asigna un NSS propio hasta los veinticinco años.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debe garantizar el derecho humano de acceso a la salud a todas las y los adolescentes de 16 años cumplidos, que no se encuentren escolarizados o que estén económicamente activos en el sector informal.

Con ese objetivo, el diputado Héctor Mauricio Ramírez Konishi, presentó un Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Congreso de la Unión a que realice las reformas necesarias en la Ley del Seguro Social.

El interés superior de niñas, niños y adolescentes debe prevalecer sobre todo tipo de políticas públicas y el tema de su acceso al derecho humano a la salud exige la mayor de las voluntades para resolverlo a la brevedad.

“El hecho de que en un país con casi 30 millones de niñas, niños y adolescentes en donde cerca 2.5 millones de ellos trabajan y casi el 100 por ciento, lo hace en la informalidad, los de 16 años cumplidos, lo haga adicionalmente sin acceso a los servicio de salud, resulta, a todas luces, inaceptable en un país democrático”, advirtió.

Ramírez Konishi, destacó que es evidente que la actual Ley del Seguro Social en lo referente a las y los adolescentes de 16 años cumplidos resulta notoriamente superada por la realidad de la dinámica actual en donde los adolescentes que ya no continúan sus estudios ingresan a la actividad económica informal careciendo de prestaciones de seguridad social, y tanto la irresponsabilidad de los empleadores como las disposiciones actuales de la Ley del Seguro Social, colocan a esos adolescentes con dieciséis años cumplidos en estado de indefensión y como víctimas de violación del derecho humano de acceso a la salud.

Recordó que, el acceso a la salud es un derecho humano fundamental cuyo primer reconocimiento expreso a nivel internacional corresponde a la Organización de las Naciones Unidas en 1948. En el caso de México, este derecho se incorporó en nuestra Carta Magna en 1983 como Derecho a la protección de la salud. En la actualidad, en nuestro país el derecho humano de acceso a la salud está contemplado en el cuarto párrafo del artículo cuarto constitucional”, añadió.

El diputado Héctor Mauricio Ramírez refirió que según la Ley del Seguro Social, las niñas, niños y adolescentes entre su nacimiento y los dieciséis años tienen el número de seguridad social (NSS) de sus padres asegurados, después de los dieciséis años tal vínculo administrativo desaparece y su derecho humano de acceso a la salud queda condicionado a que el adolescente tramite una prórroga por estudios con lo cual se le asigna un NSS propio hasta los veinticinco años.

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