La Sala Regional Monterrey del Tribunal Federal Electoral del Poder Judicial de la Federación, aceptó revisar el caso de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de San Luis Potosí, que validaba la elección para presidente Municipal de Ciudad Valles realizada el pasado 1 de Julio, en favor del candidato independiente Adrián Esper Cárdenas.
El Juicio de Revisión Constitucional fue presentado por David Armando Medina Salazar el pasado fin de semana, y una vez revisado fue asignado el caso al magistrado Yairsinio David García Ortiz, y asentado bajo el expediente SM-JRC-269/2018.
Con ello se abre el periodo de instrucción donde la parte actora tendrá la oportunidad de interponer diversos recursos, y se revisará la violación en los derechos del promovente toda vez que Yolanda Pedroza, encargada de la elaboración del proyecto de sentencia admitió que hubo irregularidades en las casillas pero no las consideró como graves.
Pese a esas inconsistencias, el Tribunal Electoral de San Luis Potosí validó la elección que el promovente consideró irregular por lo que ahora serán valoradas por magistrados federales, lo que pone de nueva cuenta la moneda en el aire en cuanto al resultado, y latente la posibilidad de que el análisis revierta las cifras dadas por el organismo electoral local y se le dé el triunfo a un candidato diferente la validado por el Tribunal Electoral local.
Los principales puntos en observación son que no se compararon las listas nominales ni se clarificó de donde salieron las boletas de más, las cuales se presume fueron más de 6 mil, y la asignación de boletas a casillas especiales cuando la ley no lo permite, además de que no se desahogó como aparecieron en algunas casillas hasta 200 boletas de más, esto en relación con el número de votantes registrados para esa sección.
Cabe señalar que la sentencia que emita la sala regional podría no ser la definitiva, ya que existe otra instancia que es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la cual puede también revisar el caso y emitir un fallo que sería inapelable, sin importar si es o no en favor de Medina Salazar como promovente de la revisión.