El Ayuntamiento de San Luis Potosí, en su Reglamento de Tránsito, contempla 68 multas de tránsito que se pueden conmutar por servicio social en lugar del pago de la infracción.
En el artículo 211 de este reglamento: “se establece el sistema de sustitución de pago de la multa total o parcial por participación en programas de cultura y educación vial, dirigidos a la prevención de hechos de tránsito y detección de factores de riesgo.
De acuerdo con la reforma más reciente a este artículo, la persona infractora puede solicitar a la Dirección de Policía Vial la opción de sustituir el pago de la multa por la participación de los programas señalados anteriormente.
¿Qué multas se pueden sustituir por el servicio social?
El artículo 206 del Reglamento de Tránsito del Municipio de San Luis Potosí contempla un total de 224 multas, de las cuales 68 se pueden sustituir por la participación en programas de educación vial.
A continuación te mencionamos las multas que pueden sustituirse, divididas en los capítulos que contempla este reglamento:
Calcomanías
Falta de calcomanía de identificación de placas en lugar visible
Falta de calcomanía de verificación vehicular en lugar visible
Falta de engomado de refrendo en lugar visible.
Documentos
Falta de licencia de conducir
Falta de tarjeta de circulación
Placas de circulación
Falta de placa de circulación en remolques
Falta de placas de circulación en bicimoto, motoneta, motocicleta o vehículo con sistema de propulsión eléctrico
Falta de una o dos placas de circulación
Placas de circulación con adherencias
Placas de circulación pintadas, rotuladas, dobladas o ilegibles
Portar placas de circulación en lugar distinto al destinado para ello
Portar placas de circulación que no cumplan con la Norma Oficial Mexicana
Portar placas de circulación vencidas
Cinturón de seguridad
No contar con cinturones de seguridad
Cristales
Falta de parabrisas o medallón
Parabrisas o medallón estrellado que impida la visibilidad
Portar en los cristales accesorio que impidan la visibilidad
Usar vidrios polarizados que obstruyan la visibilidad
Equipamiento vehicular
Falta de herramienta indispensable para el cambio de llanta
No contar con banderolas o reflejantes para casos de emergencia
Espejos
Falta de espejo lateral izquierdo
Falta del espejo retrovisor interior
Luces
Emitir luz diferente a la roja correspondiente en la parte posterior del vehículo
Falta de cuartos o reflejantes
No utilizar ó Falta de luces direccionales
No utilizar ó Falta de luces intermitentes
Falta de luces rojas indicadora de frenaje
No utilizar luces de noche ó Falta de luz parcial o total
Hechos de tránsito
Chocar o participar en hecho de tránsito y causar daños
Bicicletas
Circular dos o más en forma paralela
Circular en vías de flujo de circulación continua
Circular fuera de ciclo pistas cuando existan
Circular fuera de la extrema derecha de la vía
Circular sin detener la marcha Cuando de vehículo de pasajeros desciendan o asciendan éstos
Circular sin precaución al dar vuelta a la derecha o seguir de frente cuando a su izquierda circule un vehículo automotor
Llevar persona o carga que dificulte su visibilidad, su equilibrio o adecuado manejo
Sujetarse a vehículos en movimiento
Transportar bicicletas en vehículos sin asegurar éstas
Viajar dos o más personas no estando adaptadas para ello
Motocicletas
No utilizar un carril de circulación al transitar sobre una vía
Circulación
Circular sin efectuar maniobras de vuelta desde carril derecho o izquierdo según sea el caso
Circular sin guardar distancia de seguridad
Conducir vehículo en malas condiciones mecánicas
Circular, utilizando equipo reproductor de imágenes que distraiga al conductor
Rebasar vehículo al encontrarse en cima, pendiente o en curva
Rebasar en línea continua
Rebasar vehículo por el lado derecho o por el acotamiento
Manejo
Arrojar basura desde un vehículo en movimiento o estacionado
Efectuar maniobra prohibida de vuelta en U en lugar expresamente prohibido con la señalización respectiva, en vialidades primarias de doble sentido sin camellón central, ó próximo ó dentro de una curva
Falta de precaución en vía principal
No ceder el paso a vehículo que transita sobre glorieta
No ceder el paso al peatón al efectuar vuelta a la derecha
No permitir la preferencia de paso a ancianos o personas con discapacidad
No utilizar luces direccionales para indicar cambio de dirección
Obstruir bahía o parada de camiones
Vehículo de transporte escolar sin equipo especial
Estacionarse a menos de tres metros de una esquina
Estacionarse en doble fila y/o tercera fila
Estacionar vehículo por causa de fuerza mayor, sin los dispositivos de seguridad
Estacionarse a lado de guarniciones pintadas de rojo o amarillo delimitadas por la autoridad de Tránsito
Estacionarse en retorno
Falta de precaución al abrir portezuela del vehículo causando hecho de tránsito
Estacionarse obstruyendo la visibilidad de señales de tránsito
Señales
No obedecer indicaciones manuales del Agente de Tránsito
No obedecer las señales o en su caso las indicaciones de promotores voluntarios de seguridad vial en: escuelas, festividades, construcción o reparación de caminos
Medio ambiente
Exceso de humo en el escape
Falta de escape
Modificación al sistema original de escape, que produzca ruido excesivo
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¿Cómo se realiza el trámite?
En el artículo 211 del Reglamento de Tránsito del Municipio de San Luis Potosí se contempla también el procedimiento que se tiene que llevar a cabo para sustituir el pago económico por el servicio social.
De acuerdo con el documento, el infractor debe presentar una solicitud por escrito y firmada ante un juez calificador, dentro de los 10 días hábiles siguientes al haber cometido la infracción; anexar al escrito de solicitud una carta compromiso de anuencia para participar en los programas de cultura y educación vial implementados por la Dirección de Policía Vial, y no encontrarse en el supuesto de reincidencia.
Posteriormente, una vez que se presente el escrito con la solicitud y la carta compromiso, el juez calificador determinará dentro de los tres días hábiles si dicha solicitud es procedente, y se hará la notificación a la persona infractora; con el acuerdo de procedencia, el juez dará vista al departamento de Educación Vial que, previa evaluación, señale a la persona infractora en cuál de los programas de cultura o educación vial participará.
Por otra parte, el Bando de Policía y Gobierno del Ayuntamiento capitalino señala que este escrito se puede dirigir a la persona titular de la Dirección de Justicia Cívica. En el escrito se debe indicar nombre, edad, domicilio, teléfono y, en su caso, correo electrónico y además de anexar la copia de la boleta de infracción.
Los programas en los que pueden participar las personas infractoras comprenden las siguientes temáticas:
Educación vial:
Valores ciudadanos
Conocimientos básicos de educación vial
Introducción y conocimiento del Reglamento de Tránsito Municipal
Factores que intervienen en un hecho de tránsito de tránsito
Puntos de orientación en un hecho de tránsito de tránsito
Conocimiento del vehículo
Manejo a la defensiva
Cultura vial:
Ejecución de apoyo vial a agente de Tránsito
Actividad de protección Escolar en centros educativos
Exposición didáctica en centros escolares en materia vial
Actividad de difusión de campañas de cultura vial a grupos vulnerables
Realización de proyecto para promover y difundir la cultura vial en el Municipio de San Luis Potosí
¿Dónde se realiza el trámite en la capital de San Luis Potosí?
De acuerdo con el Bando de Policía y Gobierno, el escrito para solicitar la sustitución de la multa puede presentarse en las oficinas centrales de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, en la calle Sexta Oriente de la Central de Abastos, casi esquina con el Circuito Potosí.
Cabe mencionar que las instalaciones del Juzgado Cívico del Ayuntamiento capitalino se ubican en el cruce de la avenida Paseo de los Horizontes y el Circuito Potosí, en las inmediaciones de la barandilla municipal.