Son menos de cinco mujeres las que han sido procesadas por aborto en San Luis Potosí de 2018 a la fecha, indicó Juan Paulo Almazán Cue, magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE) y el Consejo de la Judicatura.
Este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005 (NOM 046), que instruye a todos los hospitales públicos interrumpir embarazos derivados de una violación sin que la víctima tenga la obligación de denunciar el delito.
Al respecto, el presidente del Poder Judicial en San Luis Potosí, destacó que en la entidad potosina se tiene la extenuante de violación para permitir el aborto, por lo que no hay mujeres juzgadas por esta circunstancia, y en caso de que la hubiera, podría ser favorecida por la nueva ley.
Explicó que en el último año, menos de cinco mujeres han sido juzgadas por aborto en circunstancias distintas a la violación, sin embargo, al ser un delito que no amerita prisión preventiva oficiosa, llevan el proceso en libertad, “en el sistema el aborto no está considerado con prisión preventiva oficiosa de tal manera que normalmente en estos casos hay medidas cautelares en externamiento”.
De acuerdo a la Norma, en el caso de niñas menores de 12 años, la solicitud la deberá realizar el padre, la madre, o tutor.
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