El nuevo Bando de Policía y Buen Gobierno que entró en vigor el viernes, dejó de considerar como faltas administrativas actos que en la actualidad ya son considerados como delitos.
Con su actualización, se armonizan las conductas tipificadas como infracciones del Bando de Policía y Gobierno, con leyes nacionales, federales y estatales, así como con reglamentos municipales y con el catálogo estadístico de infracciones del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Así, la sanción por la venta y suministro de bebidas alcohólicas a menores de edad, que estaba prevista como infracción, es una conducta tipificada como delito en el artículo 185 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
También el realizar actos sexuales o de connotación sexual en la vía pública, el descuidar y exponer a menores de edad y personas con discapacidad en razón de la práctica de la mendicidad –prevista en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia-; y el solicitar con falsa alarma el servicio de policía, ambulancias, bomberos o establecimientos médicos públicos, tipificada.
Azuzar perros para atacar personas o animales, previsto en el Bando de Policía y Buen Gobierno como una falta administrativa es hoy sancionado en el artículo 116 de la Ley de Protección a los Animales del Estado de San Luis Potosí.
Asimismo, destruir, inutilizar, quitar o cambiar un dispositivo o señal de seguridad de una vía de comunicación municipal es un delito, por lo que se suprimió del Bando 2023.
Derramar o provocar el derrame de sustancias peligrosas, combustibles o que dañen el suelo o el subsuelo”, era también una infracción que hoy es está tipificada como delito en el Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
También participar de cualquier manera en competencias vehiculares de velocidad o acrobacia en la vía pública que se sancionaba con una infracción, ya no lo es por tratarse del delito contra la seguridad de tránsito de vehículos.
El grafitear inmuebles públicos y privados, así como infraestructura pública, es equiparable al delito de daño en las cosas, mientras que el promover o llevar a cabo actos transfóbicos, xenofóbicos, homofóbicos, racistas o de cualquier otra índole que promuevan, exalten, inviten o inciten a la violencia y a la agresión contra cualquier persona o grupo de personas, también está considerado ya en el Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
El Bando 2023 entró en vigor este viernes 15, tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado.